Elección Claustro Estudiantil
Por RESCD159/26 se resuelve:
Fechas de elección del 21 al 24 de abril
- Martes 21 de abril de 8:30 a 20 h
- Miércoles 22 de abril de 8:30 a 20 h
- Jueves 23 de abril de 8:30 a 20 h
- Viernes 24 de abril de 8:30 a 18 h
- Delegación Escobar: Viernes 24 de abril de 9 a 13 h
- Delegación Rivadavia: Miércoles 22 de abril de 9 a 14 h
Cronograma electoral 2026
- Exhibición de padrón: 8 de abril de 2026 a las 20 h
[Padrón Sede Central] [Padrón Sede Escobar] [Padrón Delegación Rivadavia] - Vencimiento del plazo de impugnaciones al padrón: 13 de abril de 2026 a las 20 h
- Vencimiento de la presentación de listas: 16 de abril de 2026 a las 20 h
[Procedimiento] - Inicio del acto electoral Claustro de Estudiantes: martes 21 de abril de 2026 a las 8:30 h
- Cierre del acto electoral Claustro de Estudiantes: viernes 24 de abril de 2026 a las 18 h
- Escrutinio elección Claustro de Estudiantes: viernes 24 de abril de 2026 a las 18 h
Procedimiento para la presentación de listas
Se les recuerda que según el cronograma electoral de la resolución RESCD 159/26 - Art. 5º, el vencimiento de presentación de listas es el 16 de abril de 2026 a las 20 h. Las listas deberán presentarse por sistema TAD mediante la opción TAD-UBA/FACULTAD DE AGRONOMÍA/MESA DE ENTRADAS.
Se recomienda iniciar el trámite con la suficiente anticipación, ya que es necesario controlar los candidatos y los avales.
Son requisitos para presentar las listas:
- 50 avales
- Tanto los candidatos/as como los avales deberán ser estudiantes que figuren en el padrón
- Presentar nombre completo, firma, número de DNI e imagen del DNI
De acuerdo con el reglamento electoral para estudiantes, el Artículo 214 – CÓDIGO.UBA I-5 dispone:
ARTÍCULO 214. Las listas de candidatas y candidatos a representantes del claustro de estudiantes ante los Consejos Directivos deberán integrarse respetando la paridad de género, ubicando de manera intercalada, en forma alterna y consecutiva, desde la primera o el primer titular hasta la última o último suplente, de modo tal que no haya DOS (2) personas continuas del mismo género en las listas. En caso de incumplimiento, se intimará a la apoderada o apoderado de la lista para que en un plazo perentorio efectúe las adecuaciones pertinentes, bajo apercibimiento de no oficializar la lista.
En las representaciones de minoría, el o la representante suplente no podrá ser del mismo género que el o la representante titular. Se intimará a la apoderada o apoderado de la lista para que en un plazo perentorio efectúe las adecuaciones pertinentes.
Las listas y las boletas se presentarán con nombre y apellido, omitir apodos.
ASIMISMO, LAS BOLETAS DEBERÁN SER PRESENTADAS DE TAL FORMA, QUE EN UNA HOJA A4 SE UBIQUEN CUATRO (4) BOLETAS PARA SU POSTERIOR IMPRESIÓN Y UNA BOLETA EN TAMAÑO A 4.








